Las viviendas de uso turístico que no se registren en Turismo tendrán multas de 6.000 a 60.000 euros
Bárbara Moreno / Logroño
El nuevo Reglamento General de Turismo de La Rioja entrará en vigor en unos dos meses, y a partir de ahí, durante los seis meses siguientes, las viviendas de uso turístico tendrán que registrarse en Turismo o de lo contrario se enfrentarán a una infracción muy grave con multas de 6.000 a 60.000 euros.
El último estudio sobre viviendas de uso turístico de La Rioja (dadas de alta o no) que se alquilan fue elaborado en 2014 por encargo de la Dirección General de Turismo. Se registraron unas 260 viviendas turísticas, número que ha debido incrementarse en los últimos años, y podría llegar a los 300, si bien se desconoce, la cifra exacta «de ahí que se vaya a regular en la nueva normativa», explica el jefe de Servicio de Turismo del Gobierno de La Rioja, Ezequiel Fernández. El último registro de Turismo con el año 2016 cerrado indica que hay un total de 102 apartamentos turísticos (registrados).
Para darse de alta hay que rellenar uno de los modelos que vienen como anexo al Reglamento y dirigirlo a la Dirección General de Cultura y Turismo. Es gratuito y se puede hacer por diferentes vías, «incluso por internet», indica.
Esta situación les afecta en la medida en la que tendrán que cumplir con la legislación sectorial que les afecte, entre ellas la tributaria o de la seguridad ciudadano, de forma que tendrán que comunicar a la Policía o Guardia Civil quiénes se alojan, como ya lo hacen los hoteles.
Para los hoteleros esta laguna legal que existía hasta ahora suponía una competencia desleal. Y las zonas donde más les afectaban eran en Logroño, Haro o Ezcaray. Pero se están sumando viviendas en pueblos de los alrededores como Cirueña, Sojuela. Todo lo que tenga que ver también con los municipios más visitados por el enoturismo. Ypor tanto en Rioja Baja, la incidencia es bastante menor.
Están exentos de esta normativa turística aquellos alquileres de viviendas que sean domicilio habitual del arrendatario y esté por tanto también empadronado en ella, o los que alquilen la vivienda menos de 3 meses al año. En cualquier caso, estos tendrán que cumplir con la ley de arrendamientos urbanos normales, y por tanto, tendrán que declararlo a Hacienda.
SE ELIMINAN LOS TENEDORES
El nuevo reglamento no obstante regula también las actividades turísticas en sus diferentes modalidades; las declaraciones de interés turístico; las asociaciones para el desarrollo turístico; el registro de proveedores de servicios turísticos y el Consejo de Turismo de La Rioja. Entre las novedades, se encuentra la eliminación de tenedores de los restaurantes. Fernández explica que en realidad esa categoría indicaba el tipo de servicio o dependencias físicas del local, no la calidad de la comida, que es lo que muchos clientes pensaban. Ahora, no habrá categorías.





