El registro riojano de viviendas turísticas cuenta ya con 470 inmuebles inscritos
Bárbara Moreno / Logroño
El nuevo Reglamento General de Turismo de La Rioja entró en vigor el año pasado y durante un plazo de 6 meses las viviendas de uso turístico (V.U.T) tendrían que registrarse en Turismo o de lo contrario se podrían enfrentar a una infracción muy grave con multas de 6.000 a 60.000 euros. Entonces, desde el Servicio de Turismo indicaban a Noticias de La Rioja que en el último estudio elaborado por encargo de la Dirección general de Turismo en 2014 había 260 viviendas de este tipo en La Rioja, y que podría superar en realidad las 300. Si bien, los números se quedaron bajos, ya que se han registrado hasta ahora 470 V.U.T en La Rioja, de las que 263 están en Logroño (el 56 por ciento). Haro y Ezcaray son los siguientes lugares en los que más viviendas de este tipo se alquilan.
Cierto es que en las páginas web se pueden ver más de 500 alojamientos turísticos de este tipo. Y estos pueden estar incurriendo en un delito, que la propia Inspección podría estudiar.
También es cierto que los apartamentos con este fin que no los alquilen durante más de 3 meses al año están exentos de sumarse al registro (aunque deben pagar otro tipo de impuestos por alquileres, como el arrendamiento urbano normal, y también tendrán que declararlo a Hacienda).
Si bien, aunque el plazo para las V.U.T que estuvieran dadas de alta y operando el año pasado concluyó en noviembre, el registro no está cerrado, y se pueden dar de alta las nuevas.
Sanciones
De momento y desde noviembre se han iniciado 30 expedientes por varias infracciones. Hasta ahora había una laguna legal que incluso los hoteleros lo veían como competencia desleal. Se han abierto 21 expedientes con importes de 2.000 euros por no estar dados de alta en el registro de Proveedores de Servicios Turísticos.
Se han abierto otros dos expedientes por estar dados de alta en el Registro de Proveedores, como vivienda de uso turístico, pero estar anunciando en canales de oferta turística con otras denominaciones como Casa Rural o apartamentos turísticos.
El importe de la sanción es de 600 euros. Y, por otro lado, se han abierto otros 7 expedientes por anunciar la vivienda de uso turístico en canales de oferta turística mediante la cesión temporal de uso parcial de la vivienda, estando prohibida la cesión por habitaciones. La sanción será de 100 euros.
Con la nueva ley los propietarios de estas viviendas no solo se tienen que dar de alta en el Registro de Turismo, sino que también tienen que cumplir con la legislación sectorial que les afecte, entre ellas se encuentran la tributaria, o de la seguridad del ciudadano.
De forma que, tienen que comunicar a la Policía o Guardia civil quienes se alojan en sus viviendas, con nombres y DNI, como así lo hacen los hoteles y otros alojamientos rurales.
Competencia desleal
Según los últimos datos de febrero del Instituto Nacional de Estadística (INE), en La Rioja están abiertos 139 establecimientos hoteleros que ofrecen 5.876 plazas. Por otro lado, (atendiendo a otras estadísticas) hay 133 casas rurales con más de 1.200 plazas, y 100 apartamentos que ofrecen más de 1.500 plazas o 9 campings.
Con las 470 viviendas de uso turístico que se han sumado ahora al registro se podrían ofertar otras 2.000 plazas. Si bien son alojamientos que en su mayoría antes también se ofrecían y no estaban registrados. Los hoteleros lo veían como competencia desleal y desde hace años han trabajado porque esta figura se registrara y cumpliera las leyes.
¿Qué es una V.U.T?
Las viviendas de uso turístico son amuebladas y equipadas en condiciones de uso inmediato, comercializadas o promocionadas con finalidad lucrativa en canales de oferta turística, que sean objeto de una cesión temporal de uso en su totalidad y no formen parte de un establecimiento de apartamentos.
No tendrá la consideración de V.U.T cuando la cesión temporal de la vivienda en la que el cedente tuviera su domicilio habitual y en la que figure empadronado. Ni la vivienda destinada al alquiler durante menos de 3 meses al año en períodos mínimos de una semana. El alojamiento comprenderá la unidad completa, estando prohibida la cesión por habitaciones.






