El jurado cree probado que el acusado destruyó papeles intencionadamente
Efe / Logroño
El jurado del caso en el que se ha juzgado a tres agentes de la Policía Local considera probado que el principal encausado destruyó de forma intencionada los documentos relativos a un accidente de tráfico que había ocurrido en una noche de San Mateo de 2015.
El Tribunal Superior de Justicia ha facilitado el veredicto del Jurado de este procedimiento, en el que se ha considerado culpable a uno de los tres acusados, para el que se pedía una pena mayor, y se ha calificado como no culpables a los otros dos.
El fiscal pedía para el principal acusado, que ha sido considerado culpable, una pena de dos años de cárcel y cinco de inhabilitación para ser policía, además de 3.600 euros de multa; para los otros dos, declarados inocentes, pedía un ano de cárcel, tres de inhabilitación y 2.400 de multa.
El jurado da como probado el que los dos policías exonerados fueron quienes instruyeron el atestado de un accidente, ocurrido en la noche del 18 de septiembre de 2015, en el que el conductor de un coche dio positivo en el control de alcoholemia y en el que la conductora del otro vehículo era la hija de un agente de la Policía Local.
También consideran probado que la mujer del hombre que dio positivo llamó por teléfono al principal acusado; y que luego éste hizo desaparecer parte del atestado, incluidas las tiras de alcoholemia.
El veredicto incide en dar por probado que el principal acusado hizo desaparecer un papel relativo al accidente sucedido la noche anterior, tras recibir la llamada telefónica «de forma intencionada, con plena conciencia y voluntad de que destruía ese atestado», considera el jurado.
Respecto a los otros dos acusados, creen que «dos no se dieron cuenta» de lo que hacía su compañero y «solo fueron conscientes tiempo después».
Admiten que «con la copia de boletín de denuncia pudo continuarse el proceso administrativo» pero recalcan como probado que el acusado principal «destruyó a sabiendas parte de un atestado».
Por el contrario no han creído probado que los dos agentes de atestados se dieran cuenta de lo que iba a hacer el otro policía y que lo consintieran intencionadamente no haciendo nada por impedirlo.
Por ello el veredicto es de culpabilidad para el primer policía «por haber destruido un atestado correspondiente a un accidente de tráfico en las dependencias del departamento de atestados» y de no culpabilidad «de haber permitido y consentido» para los otros dos.
El jurado especifica su opinión no favorable a que al agente culpable se le suspenda la condena o se le conceda el indulto.
Tras la publicación del veredicto, en los próximos días la Audiencia Provincial emitirá la sentencia, que es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.






