Un total de 5.332 riojanos recibirán ayudas al alquiler
Un total de 5.332 riojanos se beneficiarán de las 2.237 ayudas al alquiler concedidas para el periodo 2019-2020 a fin de «garantizar el acceso a una vivienda digna y adecuada a sus necesidades, con especial atención para colectivos prioritarios».
Así lo dijo el lunes el consejero de Fomento, Carlos Cuevas, quien, acompañado por el director general de Vivienda, Carlos Alonso, informó que la convocatoria de estas subvenciones al alquiler se publicó en el último trimestre de 2018: su plazo de convocatoria cerró el 21 de diciembre de ese año y ayer se publicó la resolución definitiva en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR).
El objetivo es reducir el esfuerzo económico para el pago del alquiler del domicilio, en especial, de los grupos preferentes, como mayores de 65 años, jóvenes, familias numerosas y con personas con discapacidad, dependientes, afectados por desahucios y víctimas de la violencia de género, entre otros.
En esta convocatoria, explicó Cuevas, se ha agotado el presupuesto previsto de siete millones de euros para los años 2019 y 2020, con el que se han podido atender todas las solicitudes que cumplían los requisitos.
Esta convocatoria, enmarcada en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, ha establecido por primera vez dos programas de ayuda, uno de carácter general y otro específico para los jóvenes a fin de favorecer su emancipación. En el primer caso, se han concedido 1.351 ayudas con 3.740 beneficiarios y en el segundo 866 con 1.592; tanto los mayores de 65 años como los jóvenes reciben una ayuda del 50 % de la renta del alquiler de su vivienda, mientras los demás colectivos prioritarios obtienen un porcentaje del 31 %, y al resto de beneficiarios se les concede un 25%.
¿Hasta cuándo?
Los beneficiarios de estas ayudas, que se reparten entre 47 municipios, tienen de plazo hasta el próximo día 30 para presentar los justificantes de pago del alquiler correspondientes al primer cuatrimestre del año. A partir de entonces, los recibos deberán presentarse de los días 1 al 15 de junio, agosto, octubre y diciembre de 2019 y febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre de 2020; es decir, cada dos meses en lugar de cada mes, como era antes.
Alonso apuntó como requisitos que se han tenido en cuenta el que la vivienda para la que se va a prestar la ayuda tiene que constituir el domicilio habitual y permanente de los beneficiarios y que el esfuerzo económico que hacen con el pago del alquiler ordinario supera el 25 % de sus ingresos; además, se ha considerado que los ingresos máximos de cada unidad convivencial no puede exceder de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).






